Artículo 228 del Código Civil

Artículo 228.
El tutor está obligado a velar por el tutelado y, en particular:
1.º A …

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Artículo 228 del Código Civil

Artículo 228.

El tutor está obligado a velar por el tutelado y, en particular:

1.º A velar por él y a procurarle alimentos.

2.º A educar al menor y procurarle una formación integral.

3.º A promover su mejor inserción en la sociedad.

4.º A administrar el patrimonio del menor con la diligencia debida.

5.º A informar a la autoridad judicial anualmente sobre la situación del menor y a rendirle cuenta anual de su administración.

6.º A oír al menor antes de adoptar decisiones que le afecten.




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Código Civil BOE

El artículo 228 del Código Civil en España establece las obligaciones que tiene un tutor respecto a la persona bajo su tutela. Estas obligaciones son las siguientes:

  1. Velar por el tutelado y proporcionarle alimentos.
  2. Educar al menor y pro,curarle una formación integral.
  3. Promover su mejor inserción en la sociedad.
  4. Administrar el patrimonio del menor con la diligencia debida.
  5. Informar anualmente a la autoridad judicial sobre la situación del menor y rendir cuentas de su administración.
  6. Oír al menor antes de tomar decisiones que le afecten.

Ejemplos y consejos de interés

A continuación, se presentan algunos ejemplos y consejos relacionados con las obligaciones del tutor según el Artículo 228 del Código Civil:

  • Cuando se menciona “procurarle alimentos”, esto no solo hace referencia a la alimentación sino también a cubrir necesidades básicas como vivienda, vestimenta, atención médica y otros aspectos esenciales para el desarrollo del tutelado.
  • En cuanto a la educación y formación integral, el tutor debe asegurarse de que el menor tenga acceso a una educación adecuada según sus capacidades e intereses, fomentando habilidades tanto académicas como emocionales y sociales.
  • Para promover la inserción en la sociedad, el tutor debe facilitar que el menor participe en actividades recreativas, deportivas o culturales y se relacione con otros menores de su edad.
  • El tutor debe ser cuidadoso al administrar los ,bienes del menor, evitando malgastar o desaprovechar recursos y procurando siempre actuar en beneficio del tutelado.
  • Es importante que el tutor mantenga una comunicación abierta con el menor y tenga en cuenta sus opiniones y deseos antes de tomar decisiones importantes que afecten su vida.

Explicación detallada del Artículo 228 del Código Civil

El artículo 228 del Código Civil establece las obligaciones principales que tiene un tutor respecto a la persona bajo su tutela. La tutela es una institución jurídica mediante la cual se protege a quienes no pueden valerse por sí mismos, como menores de edad o personas incapacitadas judicialmente. A través de esta figura, se designa a un adulto responsable (tutor) para que cuide y proteja al tutelado.

La primera obligación del tutor es velar por el tutelado y proporcionarle alimentos. Esto implica asegurar que todas sus necesidades básicas estén cubiertas, incluyendo alimentación, vivienda, vestimenta y atención médica. El objetivo es garantizar condiciones adecuadas para su desarrollo físico, mental y emocional.

En segundo lugar, el tutor debe educar al menor y procurarle una formación integral. Esto significa brindarle acceso a la educación formal e informal según sus capacidades e interese,s, y fomentar su desarrollo cognitivo, emocional y social. La formación integral implica no solo el aprendizaje de conocimientos teóricos, sino también habilidades prácticas, valores y actitudes que contribuyan a su crecimiento personal.

También es responsabilidad del tutor promover la inserción del tutelado en la sociedad. Esto se refiere a facilitar su participación en actividades recreativas, deportivas o culturales y propiciar relaciones sociales con otros menores de su edad. De esta forma, se contribuye al desarrollo de habilidades sociales del menor y se favorece su adaptación al entorno.

El artículo 228 también establece que el tutor debe administrar el patrimonio del menor con diligencia debida. Esto significa gestionar los bienes y recursos económicos del tutelado de manera responsable y prudente, evitando malgastar o desaprovecharlos. El objetivo es asegurar que los bienes sean conservados y aprovechados en beneficio del tutelado hasta que este pueda tomar control de ellos.

Otra obligación del tutor es informar anualmente a la autoridad judicial sobre la situación del menor y rendir cuentas de su administración. Esto permite garantizar un adecuado seguimiento por parte de las autoridades competentes para velar por el cumplimiento de las responsabilidades asignad,as al tutor.

Por último, el tutor debe oír al menor antes de adoptar decisiones que le afecten. Esta disposición busca reconocer la importancia de respetar los deseos e intereses del tutelado en aspectos relevantes para su vida, siempre y cuando no sean contrarios a su propio bienestar y protección. Esta obligación refleja el principio de participación, que otorga a los menores la posibilidad de ser escuchados en asuntos que les conciernen.

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