Artículo 62.
La celebración del matrimonio se hará constar mediante acta o escritura pública que será firmada por aquél ante quien se celebre, los contrayentes y dos testigos.
Extendida el acta o autorizada la escritura pública, se remitirá por el autorizante copia acreditativa de la celebración del matrimonio al Registro Civil competente, para su inscripción, previa calificación por el Encargado del mismo.
Código Civil BOE
El artículo 62 del Código Civil en España trata sobre la formalización y registro de un matrimonio. Establece que el matrimonio se celebra mediante un acta o escritura pública, la cual debe ser firmada por la persona ante quien se celebre (generalmente, un juez, notario o funcionario), ,los dos contrayentes y dos testigos.
Una vez realizado este proceso, el autorizante (la persona responsable de llevar a cabo la ceremonia) debe enviar una copia certificada del documento al Registro Civil correspondiente para que se inscriba el matrimonio. Este trámite es necesario para que el matrimonio tenga efectos legales y sea reconocido oficialmente.
Ejemplos y consejos de interés
Un ejemplo práctico de este artículo podría ser una pareja que decide casarse en una ceremonia civil. Para ello, deben acudir al ayuntamiento o al juzgado correspondiente y solicitar fecha para realizar la ceremonia. El día de la celebración, estarán presentes los contrayentes, dos testigos y la autoridad competente (un juez, notario o funcionario). Todos ellos firmarán el acta o escritura pública que formaliza el matrimonio.
Es importante mencionar que los testigos deben ser mayores de edad y tener plena capacidad de obrar. Además, no pueden ser parientes directos ni cónyuges anteriores de los contrayentes. Es recomendable informarse con antelación sobre los requisitos específicos para cada caso en función del lugar donde se celebre el matrimonio.
Explicación detallada del artículo 62 del Código Civil
El artículo 62 del Código Civil tiene, como objetivo regular la formalización y registro de los matrimonios en España, estableciendo las bases para que estos tengan efectos legales y sean reconocidos oficialmente. A continuación se explicará con más detalle el sentido de este artículo y sus implicaciones.
En primer lugar, el artículo menciona que para celebrar un matrimonio es necesario llevar a cabo un acta o escritura pública. Este documento es fundamental ya que contiene información relevante sobre los contrayentes, la fecha y lugar de la celebración, así como otros datos importantes relacionados con el enlace. El acta o escritura pública es la prueba legal de que el matrimonio se ha llevado a cabo conforme a las reglas establecidas por la ley.
En segundo lugar, este artículo señala que dicho documento debe ser firmado por varias partes: aquél ante quien se celebre (generalmente un juez, notario o funcionario), los contrayentes y dos testigos. La firma de todas estas personas confirma su presencia en la ceremonia y da fe de que han sido testigos directos del enlace. Además, proporciona seguridad jurídica al garantizar que todos los participantes han cumplido con los requisitos establecidos por la legislación vigente.
A continuación, una vez extendida el acta o autorizada la escritura pública, es nece,sario remitir una copia certificada al Registro Civil competente para su inscripción. Esta etapa es crucial ya que permite dar constancia oficial del matrimonio en un registro público, lo que a su vez posibilita el reconocimiento de los derechos y deberes que derivan de dicho vínculo. Cabe destacar que el Encargado del Registro Civil debe verificar previamente la validez y legalidad del documento antes de proceder a su inscripción.
En resumen, el artículo 62 del Código Civil establece las bases para la formalización y registro de los matrimonios en España, garantizando así la protección jurídica tanto para los contrayentes como para terceros. Este proceso es fundamental para asegurar que todos los matrimonios se celebren conforme a la ley y sean reconocidos oficialmente por las autoridades competentes.






